Resumen
¿Quién hablará por usted si usted no puede hacerlo?
Un acuerdo de representación (RA) es un documento legal bajo la Ley de Acuerdos de Representación de BC que designa a una persona —su 'representante'— para tomar decisiones sobre su atención médica y cuidado personal en caso de que usted quede incapacitado. Es el equivalente en BC a lo que otras provincias denominan directriz de atención médica, testamento vital o directriz personal.
Sin un acuerdo de representación, las decisiones sobre su tratamiento médico, su lugar de residencia y quién puede visitarlo recaen en un 'sustituto temporal para la toma de decisiones' elegido de una lista establecida en la Ley de Atención Médica (Consentimiento) y Centros de Cuidados (Admisión). Esa persona puede ser un cónyuge, un hijo mayor de edad o un progenitor, y es posible que no sea la persona que usted habría elegido. Un acuerdo de representación le permite elegir usted mismo.
Nuestro acuerdo estándar de $375 es un acuerdo de representación de la Sección 9, el más potente de los dos tipos. Permite que su representante consienta o rechace cualquier tratamiento médico (incluido el soporte vital), elija el centro de cuidados donde usted vivirá, gestione su cuidado personal diario y decida quién puede visitarlo. Debe contar con plena capacidad mental al momento de firmar la Sección 9. Si no la tiene, podemos preparar una Sección 7 en su lugar, la cual tiene un umbral de capacidad menor pero un alcance más limitado.
Un acuerdo de representación cubre su integridad física. Un poder notarial ($375) cubre su dinero. La mayoría de los adultos necesitan ambos. Adquiéralos en conjunto con un testamento en el Paquete Completo Individual ($1,300) y ahorre.
Qué está incluido
- Acuerdo de representación de la Sección 9 bajo la Ley de Acuerdos de Representación de BC.
- Representante principal más un sustituto
- Autoridad sobre atención médica, cuidado personal y visitas
- Instrucciones opcionales para el final de la vida (soporte vital, reanimación, donación de órganos).
- Preferencias de cuidado religioso o cultural
- Nombramiento opcional de un supervisor para fiscalizar a su representante
- Firma formal y atestiguamiento en nuestra oficina
- Almacenamiento seguro y copias digitales para usted, su representante y su médico de cabecera.
Qué no está incluido
- Decisiones financieras o de propiedad (necesita un poder notarial duradero para ello).
- Un testamento (su testamento solo entra en vigor después del fallecimiento)
- Solicitudes ante el tribunal si no es posible realizar una Sección 9 (podemos preparar un acuerdo de representación de la Sección 7 en su lugar).
- Solicitudes de comité bajo la Ley de Salud Mental
El proceso
Llamada inicial
Llamada de 20 minutos para confirmar la capacidad, el alcance y asegurar la tarifa fija de $375.
Elija a su representante
Indíquenos a quién desea nombrar —además de un suplente— y cualquier deseo específico sobre atención médica que desee que quede registrado.
Redacción legal
Borrador entregado en 5–7 días hábiles. Incluye una ronda de revisiones.
Firma y distribución
Firmado y atestiguado en nuestra oficina. Copias digitales para usted, su representante y (recomendado) su médico de cabecera.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre un acuerdo de representación de la Sección 7 y uno de la Sección 9?
Un acuerdo de representación (RA) bajo la Sección 7 es el contrato 'estándar' diseñado para adultos que pueden tener una capacidad mental reducida; el umbral para la firma es más bajo. Su alcance es más estrecho: atención médica de rutina, cuidado personal básico y decisiones financieras menores. Un RA de la Sección 9 requiere plena capacidad mental para ser firmado, pero es mucho más potente: permite el rechazo de soporte vital, la elección de centros de atención, decisiones médicas mayores y el control total de su cuidado personal. Nuestro producto estándar de $375 es el de la Sección 9.
¿Puede mi representante rechazar tratamiento en mi nombre?
Sí, bajo un acuerdo de representación de la Sección 9. Ellos deben seguir cualquier instrucción específica en su acuerdo (por ejemplo: 'No deseo ser mantenido con soporte vital si me encuentro en un estado vegetativo persistente') y, de lo contrario, actuar en su mejor interés considerando sus creencias y valores conocidos. Podemos incluir u omitir instrucciones para el final de la vida según sus deseos.
¿Qué es un «monitor» y necesito uno?
Un supervisor (monitor) es una segunda persona opcional cuya función es vigilar a su representante; tiene el derecho de solicitar información e intervenir si el representante actúa de forma indebida. La mayoría de los clientes no nombran a uno cuando confían plenamente en su representante. Podemos incluir u omitir uno según su preferencia.
¿Qué sucede si no tengo un acuerdo de representación?
Las decisiones recaen en un 'sustituto temporal para la toma de decisiones' elegido de una lista estatutaria fija; generalmente el cónyuge primero, luego un hijo adulto, después un padre, y así sucesivamente. Esto funciona bien en casos sencillos, pero falla cuando los familiares no están de acuerdo, cuando la primera opción legal no es la persona en la que usted realmente confía, o cuando la decisión es inusual o impugnada. Un acuerdo de representación previene esos problemas.
¿Dónde debo guardar mi acuerdo de representación?
Nosotros guardamos el original. Usted debe entregar una copia a su representante, a su alterno y a su médico de cabecera. También puede registrar su acuerdo de representación en el Registro de Planificación Personal Nidus para que los hospitales puedan encontrarlo en una emergencia; podemos ayudar con el registro por un desembolso adicional de $25.
